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CESFAM de La Higuera tiene directora sin decreto y con renuncia mal presentada

A más de dos semanas de haber asumido como directora del CESFAM de La Higuera, la matrona Francisca Barros Ruz seguía -hasta ayer, miércoles 25 de junio- sin contar con respaldo legal para ejercer el cargo. Aunque en su carta de renuncia al puesto anterior señala haber asumido como directora el 9 de junio, el documento fue fechado recién el 23 de junio y recepcionado por la Oficina de Partes del municipio el día 26 del mismo mes. Sin embargo, aún no se habría dictado el decreto que formaliza su nuevo nombramiento.

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A más de dos semanas de haber asumido como directora del CESFAM de La Higuera, la matrona Francisca Barros Ruz seguía -hasta ayer, miércoles 25 de junio- sin contar con respaldo legal para ejercer el cargo. Aunque en su carta de renuncia al puesto anterior señala haber asumido como directora el 9 de junio, el documento fue fechado recién el 23 de junio y recepcionado por la Oficina de Partes del municipio el día 26 del mismo mes. Sin embargo, aún no se habría dictado el decreto que formaliza su nuevo nombramiento.

¿Qué ocurrió durante esos 16 días? Barros ejerció funciones como directora del establecimiento sin tener un respaldo jurídico válido, lo que podría generar nulidades administrativas y complicaciones legales para el municipio. A esta falta de formalización se suma otro problema aún más grave: la renuncia fue mal presentada y no cumple con la normativa que regula su contrato.

Renuncia sin base legal

La carta enviada por Francisca Barros a la Municipalidad de La Higuera y al Departamento de Salud hace referencia a los artículos 159 N°2 y 177 del Código del Trabajo, como fundamento de su renuncia voluntaria. Sin embargo, como funcionaria de salud contratada bajo la Ley N°19.378 —Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal— esa normativa no le es aplicable. La legislación vigente establece que las causales de término del vínculo laboral están determinadas por el artículo 48 de la Ley 19.378, que exige que la renuncia voluntaria sea presentada con al menos 30 días de anticipación o con un plazo menor acordado por ambas partes.

El uso del Código del Trabajo en este caso es un error jurídico básico, especialmente grave tratándose de una funcionaria que asume un cargo de alta responsabilidad. El cuestionamiento nuevamente se dirige a la unidad jurídica del municipio, que tendría que haber revisado y orientado adecuadamente este procedimiento.

Error en las fechas de los timbres

El documento de renuncia, además, presenta una curiosa anomalía administrativa, ya que si bien fue firmado el 23 de junio por la profesional, aparece recepcionado por la Oficina de Partes con fecha 26 de junio, es decir, este jueves, un día posterior al que efectivamente fue recibido. Este desfase temporal no solo pone en duda la rigurosidad del procedimiento, sino que supone una desprolijidad en el manejo documental del municipio. Un error de este tipo podría acarrear cuestionamientos legales o administrativos.

Improvisación institucional

Esta situación se suma a una serie de episodios que reflejan desorden e improvisación en la administración municipal, especialmente en el área de salud, donde ya se han registrado conflictos laborales, desvinculaciones millonarias y nombramientos cuestionados, lo que aumenta el debilitamiento institucional que enfrenta la comuna.

Además, ya se habría solicitado información vía Ley de Transparencia, lo que anticipa un nuevo flanco de cuestionamiento para la administración liderada por la alcaldesa Uberlinda Aquea.

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