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Denuncian irregularidades en empresa del gimnasio techado y crece cuestionamiento a fiscalización municipal

Un compañero del trabajador fallecido en el accidente del gimnasio techado de La Higuera entregó un duro testimonio que apunta directamente a la empresa contratista y abre nuevas dudas sobre la fiscalización municipal en la ejecución de la obra, así como sobre la versión oficial que respalda a la empresa.

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Un compañero del trabajador fallecido en el accidente del gimnasio techado de La Higuera entregó un duro testimonio que apunta directamente a la empresa contratista y abre nuevas dudas sobre la fiscalización municipal en la ejecución de la obra, así como sobre la versión oficial que respalda a la empresa.

“En la empresa no había ningún prevencionista de riesgo en terreno, eso es algo muy grave. Además no hicieron ni firmar un contrato y justo el 23 de septiembre, cuando mi compañero tuvo el accidente, nos llaman para firmar. La empresa tiene culpa en el accidente de mi compañero también”, señaló el trabajador.

De acuerdo con fuentes consultadas por Red Comunales, el trabajador fallecido habría firmado contrato recién el día anterior al accidente, lo que refuerza los cuestionamientos sobre las condiciones en que se desarrollaba la obra y la legalidad de la relación laboral con la empresa contratista.

El rol de la DOM

De acuerdo con la Ley General de Urbanismo y Construcción y la Ley Orgánica de Municipalidades, la Dirección de Obras Municipales (DOM) tiene entre sus funciones: fiscalizar la ejecución de las obras hasta su recepción, velar por el cumplimiento de normas técnicas y legales, aplicar disposiciones ambientales y dirigir las construcciones de responsabilidad municipal, ya sea ejecutadas directamente o a través de terceros.

En el caso del gimnasio techado, el proyecto es de responsabilidad del municipio, que lo adjudicó mediante licitación pública a la empresa Ingeniería y Proyectos Fabricación de Estructuras Ltda. por un monto de $268 millones.

La versión oficial ha insistido en que la responsabilidad principal recae en la empresa y que la municipalidad solo interviene en momentos específicos, como la entrega de avances o frente a irregularidades visibles. Sin embargo, el marco legal establece claramente que la DOM debe fiscalizar la ejecución de las obras y velar porque se cumplan las disposiciones legales y técnicas desde el inicio hasta la recepción de los trabajos.

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