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Ante la Suprema y la Corte de Apelaciones de Antofagasta buscan demostrar actuar ilegal de Tribunal Ambiental en caso Dominga

Los abogados y abogadas de Alianza Humboldt presentaron distintos recursos judiciales buscando revocar la última resolución del Primer Tribunal Ambiental (1TA), que ordenó modificar el rechazo unánime entregado por el Comité de Ministros a Dominga, “forzando” a esta instancia a aprobar el proyecto.

Por una parte, la organización de conservación marina Oceana presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, en donde se cuestiona el evidente actuar ilegal de los ministros del 1TA. En el escrito, se afirma que el contenido de la última resolución favorece injustificadamente a la empresa dueña del proyecto Dominga, lo que atenta contra la igualdad ante la ley, garantía consagrada en la Constitución. En esta línea, se afirma que “Andes Iron SpA es una persona jurídica privilegiada en la causa”, agregando que los ministros del 1TA “han establecido diferencias arbitrarias”.

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|24 de febrero de 2025|3 minutos de lecturaAgregar El Comunal
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Los abogados y abogadas de Alianza Humboldt presentaron distintos recursos judiciales buscando revocar la última resolución del Primer Tribunal Ambiental (1TA), que ordenó modificar el rechazo unánime entregado por el Comité de Ministros a Dominga, “forzando” a esta instancia a aprobar el proyecto.

Por una parte, la organización de conservación marina Oceana presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, en donde se cuestiona el evidente actuar ilegal de los ministros del 1TA. En el escrito, se afirma que el contenido de la última resolución favorece injustificadamente a la empresa dueña del proyecto Dominga, lo que atenta contra la igualdad ante la ley, garantía consagrada en la Constitución. En esta línea, se afirma que “Andes Iron SpA es una persona jurídica privilegiada en la causa”, agregando que los ministros del 1TA “han establecido diferencias arbitrarias”.

La queja solicita al máximo tribunal que acoja el recurso “en todas sus partes, ordenando enmendar las faltas y abusos cometidos y denunciados” y que anule “la resolución que motiva este recurso” o, en su defecto, determinando las medidas que el máximo tribunal “estime conducentes para remediar tales faltas y abusos, en aras a evitar un quebrantamiento del Estado de Derecho”, concluye.

“La sentencia del Primer Tribunal Ambiental, y sobre todo con la última resolución, deja en claro que este organismo decidió darse facultades que la ley no le otorga”, aseveró Ezio Costa, director ejecutivo de ONG FIMA. “Nunca antes un tribunal ambiental había traspasado el límite que le impone la ley y en este caso, se pone en posición de querer decidir la aprobación de un proyecto, cuando su función es revisar los actos administrativos del Estado en materia ambiental”, añadió el abogado que representa a Oceana.

Por su parte, el recurso de apelación interpuesto por MODEMA, el Comité de Agua Potable Rural Los Choros y la Asociación de Pequeños Propietarios Agrícolas de Los Choros ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, se centra en las motivaciones que tuvo el 1TA para exigir al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), organismo que actúa como la secretaría técnica del Comité de Ministros, que dicte una nueva resolución.

En el recurso de apelación, se afirma que se “incurre en sendos vicios de ilegalidad” y se infringe “gravemente el ordenamiento jurídico y poner en riesgo el Estado de Derecho al descansar en interpretaciones alejadas de la voluntad del legislador en materia ambiental”.

Alejandra Donoso, directora ejecutiva de Defensoría Ambiental, señaló que el Tribunal Ambiental de Antofagasta “cometió una serie de ilegalidades que nos parecen gravísimas”, agregando que además “afectan los derechos de las personas, que en su momento hicieron observaciones ciudadanas y que arbitrariamente el Tribunal Ambiental determinó que el Comité de Ministros debía dejar fuera de su decisión”, sentenció la abogada.

Los recursos interpuestos por las comunidades locales y la sociedad civil se suman a un recurso de apelación presentado por el SEA ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

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