Conéctate con nosotros

Comunales

De los $1.500 millones demandados a municipio de La Higuera, $936 millones son de proyectos financiados por el GORE Coquimbo

elcomunal

Publicado

el

Día en que Yerko Galleguillos ingresó el Informe de adquisición del proyecto de alcantarillado de La Higuera en el Gobierno Regional de Coquimbo. Municipalidad de La Higuera.

Desde el complejo escenario judicial en el que se encuentra inmersa la Municipalidad de La Higuera y el alcalde Yerko Galleguillos (UDI), el impacto de los procesos judiciales alcanza a las obras de urbanización más emblemáticas para la comunidad de La Higuera: alcantarillado de la capital comunal y de la localidad de Punta Colorada. Ambas con financiamiento del Gobierno Regional de Coquimbo.

Estas obras, amplia y largamente anheladas por los vecinos de la comuna, se ven manchadas por el oscuro legado judicial que dejará Yerko Galleguillos (UDI), alcalde por tres periodos desde el año 2012 y que terminan con el peor escándalo de corrupción en la historia de La Higuera.

En este reportaje revisamos las obras de alcantarillado de las localidades de La Higuera y Punta Colorada, las que siguieron los procesos normales y establecidos para su ejecución. Ambos finalizaron con la adjudicación de obras al proveedor Rubén Dagoberto Berrios Ávila por parte de la Municipalidad de La Higuera.

En un tercer reportaje abordaremos lo relacionado con la empresa Demart Spa, la factura cedida a factoring y cómo se relacionan todos los involucrados en esta trama judicial.

Obras de Urbanización en Punta Colorada

Mediante el decreto alcaldicio N° 449 del 18 de marzo 2021, fue adjudicada la Licitación Publica ID 3748-18-LR20 “Construcción de Obras Urbanización Básica Punta Colorada, La Higuera”, código BIP 30100128-0, financiado con recursos provenientes del Gobierno Regional de Coquimbo y con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, al proveedor Rubén Dagoberto Berrios Ávila por un monto de $3.025.446.117. Se establece un plazo ofertado de 520 días corridos.

De acuerdo con la información entregada al Consejo Regional de Coquimbo en el documento “PMB Minuta Construcción Obras de Urbanización Básica Punta Colorada” de enero de 2024, firmado por Jacqueline Barahona Espejo, el proyecto tenía un avance del 64% de ejecución presupuestaria y física, se indica que se ha modificado plazo y presupuesto de la obra, quedando el plazo en 967 días y el monto en $ 3.467.510.018, IVA incluido. En este documento se presentan avances hasta el estado de pago número 28.

Trabajos en alcantarillado de Punta Colorada. Municipalidad de La Higuera.

¿Qué es un estado de pago?

El sitio web www.contratodeobrapublica.cl define al estado de pago como “una relación del avance de las obras materiales, trabajos o servicios ejecutados en un cierto período por el contratista, en conformidad a los términos del contrato, con su correspondiente valorización a los precios ofertados, o posteriormente homologados y aprobados por la Administración, y que permite al contratista requerir y percibir su pago, los  que tienen el carácter de abonos parciales a cuenta del precio total,  y no significarán la aceptación de las cantidades ni calidad de obra ejecutada, además de permitirse en los estados de pago, la deducción de montos que la Administración tiene derecho a descontar o retener, conforme se ha establecido en los antecedentes de la licitación”.

Facturas cedidas a empresas de factoring

En los antecedentes revisados de los $1.500 millones cobrados en las 15 demandas contra el municipio de La Higuera, cinco facturas (591, 597, 612, 615 y 622) fueron cedidas por el proveedor Rubén Dagoberto Berrios Ávila a empresas de factoring por $936 millones, de las cuales tres corresponden a los estados de pago 13, 16 y 17 de la obra de Punta Colorada, por un total de $381.460.814, un 10% del presupuesto total del proyecto.

Las bases administrativas de la licitación ID 3748-18-LR20, incluyen en el punto 8.2.4 lo relacionado con los factoring, en donde se permite al contratista ceder la factura a esas empresas, debiendo comunicar en forma expresa y con la debida antelación a la Unidad Técnica, quien, a su vez, deberá enviar conjuntamente con el estado de pago, el contrato de cesión de crédito con el factoring suscrito ante notario público.

Además, cuando la factura no este factorizada, la Unidad Técnica deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado “Cobro ejecutivo cedible” de manera de tener la certeza que la empresa contratista no ha suscrito algún factoring. Para el caso de facturadores electrónicos (como es el caso del contratista Rubén Berrios) señala que  estará obligado a inscribir dicha factorización o cesión de crédito en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos y dar de inmediato el aviso correspondiente al Municipio.

Respecto al pago de los estados de pago, las mismas bases señalan que “cada estado de pago con su correspondiente estado de avance se deberá poner a disposición de la inspección técnica de obras (I.T.O) para su aprobación, la cual deberá cada mes, contrastar el avance físico real de obras, con el avance físico programado. La inspección técnica de obras para aprobar el estado de pago, deberá a su vez verificar que el contratista haya dado cumplimiento a la contratación mensual de mano de obra local y total para la ejecución del proyecto, la cual es parte de su oferta y por consiguiente, obligación contractual”. Luego agregan que para cada estado de pago, el contratista deberá adjuntar una serie de documentos, cartas, certificados y la factura individual por cada estado de pago.

La primera duda que surge de las facturas cedidas a factoring es por qué se encuentran impagas, ya que el financiamiento de esta obra está garantizado y el mismo Gobierno Regional de Coquimbo registra avances en un 64% (al estado de pago número 28). Además, las bases administrativas permiten la cesión del documento no habiendo, en consecuencia, impedimentos para el pago de la factura cedida.

Sin embargo, existen incongruencias en los documentos cedidos a factoring, ya que los montos facturados por el contratista y asociados a los estados de pago no cuadran con los montos registrados e informados por el Gobierno Regional de Coquimbo como pagado.

Rubén Berríos cedió la factura 597, emitida el 30 de junio de 2022, a la empresa Simpli S.A., por un monto de $176.624.961, cuya glosa indica que corresponde al estado de pago número 13. Pero, en el documento “PMB Minuta Construcción Obras de Urbanización Básica Punta Colorada”, el monto asociado a ese mismo estado de pago 13 es de $79.202.076, es decir, una diferencia de $97.422.885.

De la misma forma, la factura 615, del 12 de septiembre de 2022, cedida a Comercial de Valores Servicios Financieros SpA, por un total de $48.730.281, está asociada al estado de pago número 16, que en el GORE está registrado por $93.776.080, lo que tiene una diferencia de $45.045.799.

La tercera factura relacionada con este proyecto es la 622, del 12 de octubre de 2022, también cedida a Comercial de Valores Servicios Financieros SpA, por $156.087.572, correspondiente al estado de pago número 17, que en el documento del Gobierno Regional aparece con un monto de $140.819.084.

Desde el Gobierno Regional de Coquimbo, en la minuta “Construcción Obras de Urbanización Básica Punta Colorada” informan que están al día en los pagos con este proveedor. Sin embargo, hay una diferencia entre las facturas que están demandando al municipio y los montos registrados como pagados en el GORE de $99.044.166 a favor del contratista. Esta situación contradice lo señalado en el punto 8.2.4 de las bases de licitación, toda vez que las facturas asociadas a los estados de pago contienen montos diferentes, debiendo las investigaciones en curso, aclarar las diferencias.

FacturaFecha Transferencia GOREDetalle GOREMonto Transferencia GORE (*)Monto facturaDiferencia
59713-07-22Estado de Pago N°13 $  71.281.000 $176.642.961 $105.361.961
61511-10-22Estado de Pago N°16 $  84.398.472 $  48.730.281 $ -35.668.191
62208-11-22Estado de Pago N°17 $126.737.176 $156.087.572 $  29.350.396
 $  99.044.166
Cuadro de diferencias en facturas correspondientes a obra de Punta Colorada

Yerko Galleguillos junto a la intendenta Lucía Pinto (UDI) en la firma de convenio para la construcción de las Obras de Urbanización Básica y Alcantarillado en la localidad de Punta Colorada, en 2021. Municipalidad de La Higuera

Obras de Urbanización en La Higuera

El 6 de septiembre 2018, a través del decreto alcaldicio 2548 fue adjudicada la Licitación Pública ID 3748-18-LR18 “Construcción de Obras Urbanización Básica La Higuera”, código BIP 30100137-0, también financiado con recursos provenientes del Gobierno Regional de Coquimbo, con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, al proveedor Rubén Dagoberto Berrios Ávila por un monto de $5.445.983.018, con un plazo ofertado de 630 días corridos.

En la “PMB Minuta Construcción Obras de Urbanización Básica La Higuera” del Gobierno Regional de Coquimbo, también firmado por Jacqueline Barahona Espejo, se establece que el proyecto se encuentra en proceso de recepción provisoria, ya que con fecha 30 de septiembre de 2023 se dan por terminadas las obras. El plazo total de ejecución fue de 1.883 días y el presupuesto final de $8.072.480.663, con un porcentaje de avance financiero de la obra de un 99,61% hasta el estado de pago número 61 y un monto cancelado $8.041.158.889.

Las bases administrativas para este proyecto son las mismas usadas para la obra de Punta Colorada, por tanto, las exigencias son similares.

Trabajo de proyecto de alcantarillado en La Higuera. Municipalidad de La Higuera.

En relación con esta obra, el proveedor Rubén Dagoberto Berrios Ávila cedió dos facturas a empresas de factoring por un monto total de $555.301.173, correspondiente a los estados de pago 44 y 47. Tal como ocurre con las facturas cedidas del proyecto de Punta Colorada existen diferencias en los montos facturados y aquellos registrados como pagados por el informe del Gobierno Regional.

La factura 591, del 14 de junio de 2022, que fue cedida a Tanner Servicios Financieros S.A., por un monto de $426.529.124, se relaciona con el estado de pago 44. No obstante, en el documento “PMB Minuta Construcción Obras de Urbanización Básica La Higuera” el monto asociado a ese estado de pago 44 es de $100.012.201.

Del mismo modo, el contratista cedió la factura 612, del 26 de agosto de 2022, a la empresa Marchena Capital SpA, por un monto de $128.772.049, correspondiente al estado de pago 47, teniendo el GORE registro de ese estado de pago por $96.482.693.

En estas facturas emitidas por el contratista y cedidas a empresas de factoring hay una diferencia de $358.806.279.

FacturaFecha Transferencia GOREDetalle GOREMonto Transferencia GORE (*)Monto facturaDiferencia
59114-06-22Estado de Pago N°44$100.012.201$426.529.124 $326.516.923
61226-08-22Estado de Pago N°47$96.482.693$128.772.049 $  32.289.356
 $358.806.279
Cuadro de diferencias en facturas correspondientes a obra de La Higuera

Tanto para el proyecto de La Higuera como el de Punta Colorada se repite la misma situación de las facturas cedidas por el contratista Rubén Berríos: documentos asociados a estados de pago que el Gobierno Regional registra como pagados, que concuerda con los Registros de Transferencias a Terceros, pero que en las facturas asociadas a estados de pago figuran con demanda judicial y con montos diferentes, con significativas diferencias a favor del contratista.

En total, el monto nominal de las facturas cedidas a factoring por el contratista Rubén Berríos es de $936.761.987.

En la actualidad, Rubén Berríos aparece como proveedor sin acreditación vigente en Mercado Público.

¿Cómo es el proceso de pagos de los estados de pago?

Cuando son proyectos financiados por el Gobierno Regional y administrados por el municipio, el estado de pago pasa por dos procesos: primero, el que revisa el inspector técnico de obra (ITO) municipal, que está en terreno; segundo, pasa al GORE donde se hace otro chequeo y se aprueba el pago.

Cuando se cursa un estado pago por un monto, el ITO puede determinar que ese monto solicitado sea menor. En este caso debe haber una rectificación del contratista con un adendum y se factura el monto autorizado por el ITO. La última autorización para que vaya a pago es del ITO y el monto siempre debe igual al que se factura.

Desde Red Comunales consultamos a distintos profesionales que trabajan con este tipo de proyectos y todos señalaron que el monto que transfiere el Gobierno Regional a los municipios es por el valor total del estado de pago. Entonces, ¿por qué las facturas de Rubén Berríos tienen un monto diferente a los consignados en los estados de pago?

Asimismo, nos contactamos con los funcionarios encargados del Gobierno Regional de Coquimbo vinculados con estos proyectos, sin embargo se negaron a entregar información o a responder nuestras preguntas. El 27 de marzo de 2024, hablamos con Jacqueline Barahona Espejo, quien firma los informes que entregaron al Consejo Regional, pero desde el principio se negó a responder señalando que debíamos contactar primero a su jefe, Patricio Ponce, para que la autorizara a dar información. En la llamada ni siquiera dejó que le planteáramos la pregunta y cortó el llamado.

Posteriormente, el 28 de marzo nos contactamos vía correo electrónico con Patricio Ponce, quien a la fecha no ha dado respuesta al mismo, solicitando información técnica general sobre cómo es el traspaso de dinero a las Municipalidades en obras de este tipo. El 01 de abril llamamos por teléfono a Ponce para preguntar si había visto el correo y si nos podía responder tres simples preguntas, ninguna vinculada con un proyecto en particular. El señor Ponce, al igual que Jacqueline Barahona se negó desde el principio a entregar información, respondiendo que toda solicitud de información debía ser realizada mediante transparencia, diciendo “muchas gracias” y cortó el llamado.

Solicitamos la información por transparencia, pero a la fecha de publicación de este reportaje no entregaron las respuestas.

Demandas contra la Municipalidad de La Higuera

La principal pregunta sobre estas demandas sigue sin responderse: ¿Por qué Yerko Galleguillos no pagó las facturas de proyectos que se ejecutaron y cuyos recursos fueron entregados por el Gobierno Regional de Coquimbo? Si la respuesta del alcalde de La Higuera frente a las demandas relacionadas con las facturas de compras de pellet para cabras, era que no iba a pagar porque el servicio no se habría prestado, en este caso no puede decir lo mismo.

Agrocomercial Ibiza y Comercial AMT, pasaron 9 facturas a factoring, las que terminaron en 7 demandas contra la Municipalidad de La Higuera, en el caso de Rubén Berríos, quien cedió 5 facturas, terminaron en 4 demandas, también contra el municipio.

Sobre las facturas de Berríos, la primera empresa en demandar fue Simpli SA, el 8 de marzo de 2023, por un total de $176.642.961, correspondiente a la factura 597. Esta causa tramitada en el Primer Juzgado de Letras de La Serena, fue notificada en siete oportunidades al municipio de La Higuera, quien tampoco opuso excepciones dentro del plazo legal y recién el 26 de febrero de 2024 se hace parte de la demanda el abogado José Miguel Banda Miranda, a quien Yerko Galleguillos le otorgó mandato con firma electrónica avanzada. En esta oportunidad el abogado presentó una solicitud de nulidad de todo el proceso alegando que el alcalde de La Higuera no había sido notificado personalmente toda vez que Yerko Galleguillos se encontraba fuera de Chile, desde el 23 al 31 de mayo de 2023. Agrega además que “la notificación en -en ausencia de Galleguillos- causa daño o perjuicio a la parte demandada reparable sólo con la declaración de nulidad del acto y de todos aquellos conexos a este. En fin, ofrezco acreditar que, por un hecho que no es imputable a mi mandante, no han llegado a sus manos las copias de la demanda de autos y su proveído”. Finalmente, menciona que el alcalde de La Higuera “tomó conocimiento de la existencia del juicio de autos el día 16 de febrero de 2024, mediante notificación que se efectuó ante la oficina de partes municipales”, es decir, 11 meses después de que comenzara el proceso.

Entre las pruebas presentadas por la empresa está la copia simple de la factura 597 recepcionada por la Dirección Obras de la Municipalidad de La Higuera, firmada por el arquitecto Sebastián Argandoña, encargado de ese departamento. El documento fue escaneado con un celular.

Asimismo, presentaron un correo electrónico en que Stephany Gavidia, de Simpli, le solicita a Argandoña confirmar si los servicios asociados a la factura 597 fueron prestados en su totalidad por parte del proveedor, y si no habría ninguna objeción para poder cursar operación de factoring. El funcionario responde “Stephany, disculpa mi escueta respuesta, nos pillaste en horario de salida de la oficina, toda la documentación asociada la factura fue recibida de manera conforme”.

Esta causa aparece como concluida y el tribunal ordena al municipio de La Higuera “que en el acto del requerimiento pague a “SIMPLI S.A” o a quién sus derechos represente, la cantidad de $176.642.961.-, por concepto de capital, más los reajustes e intereses penales desde la mora y hasta su pago efectivo y costas”.

La segunda empresa en demandar fue Comercial de Valores Servicios Financieros SpA, el 17 de julio de 2023, por un total de $204.817.853, correspondiente a las facturas 615 y 622. Esta causa está tramitada en el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, tuvo tres notificaciones y la Municipalidad de La Higuera no se hizo parte de la misma. Esta empresa de factoring pidió la liquidación de la deuda el 13 de junio de 2023, la que fue calculada en un total $256.595.579, considerando el monto original más intereses acumulados al 20 de diciembre de 2023 por $49.729.547 y comisión legal del 1%, por 2.048.179.

El 29 de septiembre de 2023, el tribunal determinó mandamiento de ejecución y embargo, debiéndose practicar tasación de los bienes muebles por un ministro de fe.

La tercera empresa de factoring en demandar al municipio de La Higuera fue Marchena Capital SpA, el 8 de agosto de 2023, por un total de $128.772.049, correspondiente a la factura 612. Hubo 10 notificaciones y el abogado representante de la Municipalidad fue José Miguel Banda, sin embargo no realizó ninguna acción en la misma y por primera vez Iván Olavarría, asesor jurídico municipal, actuó en una demanda.

Olavarría presentó escritos para solicitar la nulidad del embargo, argumentando que los bienes municipales son inembargables, además de recurrir ante la Corte de Apelaciones para solicitar la nulidad de una resolución del tribunal, lo que fue desestimado, tal como publicó El Comunal el 09 de abril de 2024.

En esta causa el tribunal había otorgado el embargo de los bienes inmuebles del municipio solicitado por la empresa demandante, estos son: el terreno donde se ubican Escuela Rural de la localidad y Jardín Infantil de la localidad de Punta de Choros, además de la casa habitación del profesor de la escuela y la sede de la junta de vecinos del sector; el terreno de la pérgola multiuso ubicada al costado del estadio municipal de La Higuera; el terreno donde está el Retén de Carabineros de La Higuera, y el terreno del Centro de Salud Familiar de La Higuera. El 22 de enero de 2024 el tribunal dejó sin efecto el embargo, en virtud a que los bienes destinados a los servicios municipales son inembargables.

El 01 de febrero de 2024, el tribunal ordenó al alcalde de La Higuera a “dictar el decreto alcaldicio de pago, por la cantidad indicada […], bajo el apercibimiento de aplicarse una multa de 1 UTM ($64.343)” y el 13 de marzo de 2024, luego de 11 días hábiles, el alcalde no se había pronunciado al respecto, el mismo tribunal multó al municipio con 1 UTM ($64.793). Posteriormente, el 5 de abril de 2024, nuevamente se sanciona al municipio porque no habiéndose dado cumplimiento a lo ordenado por parte de la Municipalidad “se hace efectivo el apercibimiento decretado con fecha 13 de marzo de 2024, sancionándose a la Municipalidad de La Higuera representada por su Alcalde don Yerko Galleguillos Ossandón, a pagar, una multa de CINCO Unidades Tributaria Mensual” ($325.910).

La cuarta demanda fue presentada por Tanner Servicios Financieros S.A., el 24 de noviembre de 2023, por un total de $426.529.124 factura 591. También tiene como abogado del municipio a José Miguel Banda Miranda y se registraron 9 notificaciones. Esta es la factura de mayor valor, de todas las que están demandadas. En esta causa, el abogado presentó una solicitud de nulidad de todo el proceso alegando que el alcalde de La Higuera no había sido notificado personalmente toda vez que Yerko Galleguillos se encontraba fuera de Chile, desde el 23 al 31 de mayo de 2023 y su reincorporación a sus labores edilicias se verificó recién el día lunes 5 de junio del mismo año, mismo argumento usado para la demanda de Simpli SA, pero el tribunal no acogió esa solicitud, pero sí solicitó que presentara un mandato judicial válido para poder representar a Galleguillos. En ese momento firman el mandato judicial del 04 de octubre de 2023. También se le solicitó fijar un domicilio en el radio urbano del tribunal. De esto no hubo respuesta, ni continuó respondiendo a las otras resoluciones del tribunal. Esas fueron sus únicas actuaciones en esta causa.

El 3 de abril de 2024, Karla Malebrán, jueza del Primer Juzgado de Letras de La Serena decretó una orden de arresto contra Yerko Galleguillos Ossandón debido a que no dio cumplimiento a lo ordenado por el mismo tribunal el 12 de febrero de 2024, en que ordena el pago de la factura 591 por la suma $426.529.124.

En la sentencia se establece que “Atendido el mérito de la certificación que antecede, los apercibimientos que constan en autos, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, despáchese orden de arresto en contra de don Yerko Galleguillos Ossandón, cédula de identidad N° 12.843.228-0, en su calidad de Alcalde y representante legal de la Ilustre Municipalidad de La Higuera, ambos domiciliados en Avenida la Paz N° 2, comuna de La Higuera, por el término de cinco (5) días”. Agrega que se hace presente que la orden despachada quedará sin efecto, en caso de acreditar de manera suficiente el hecho de haberse dado cumplimiento a la obligación de pago.

Abogado sentenciado

Hay que recordar que en julio de 2017, el abogado José Miguel Banda Miranda, fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua a 541 días de presidio, con el beneficio del arresto domiciliario parcial nocturno con suspensión de su cargo durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de apropiación indebida, por la suma de $842.194 de una empresa de factoring. Ilícito perpetrado en esa ciudad, en julio de 2013. Además se le aplicó una multa de 6 UTM y de 50% de las costas del proceso.

¿Qué relación hay entre Yerko Galleguillos, el abogado José Miguel Banda Miranda y el contratista Rubén Berríos?

En esta investigación que incluyó la revisión de nuevos archivos y documentos, surgen interrogantes respecto a la relación que hay entre alcalde de La Higuera Yerko Galleguillos, el abogado José Miguel Banda Miranda y el contratista Rubén Berríos.

El 29 de diciembre de 2022, el Banco de Crédito e Inversiones (BCI) demandó ante el Segundo Juzgado de Letras de Ovalle a Rubén Dagoberto Berríos Ávila, por dos pagaré (D04699982738 y D04671920147) firmados el 19 de marzo de 2021 y el 14 de mayo de 2020, respectivamente, en calidad de deudor principal y por la Constructora STC SpA, representado por el mismo Rubén Berríos, en calidad de aval y codeudor solidario, por la suma de $300.000.000 cada uno. Berríos solo pagó $338 millones, quedando una deuda de $262 millones, que es lo que finalmente cobra el banco.

Luego de diversas notificaciones, el 08 de febrero de 2023, José Miguel Banda Miranda, el mismo abogado que representa a la Municipalidad de La Higuera en demandas de empresas de factoring, asume la defensa tanto de Rubén Berríos como de Constructora STC SpA, a quien le otorgaron mandato judicial el 14 de noviembre de 2022, ante la notaria interina de Ovalle, María Cristina Díaz Hernández. El 24 de mayo de 2023 se solicita el exhorto para que la causa sea tramitada en la ciudad de Rancagua.

José Miguel Banda representó a la Municipalidad de La Higuera en tres demandas relacionadas con facturas de Rubén Berríos, correspondientes a las facturas 591, 597 y 612 que suman un total de $731.944.134. Desde el municipio no respondieron por qué contrataron a un abogado que estuvo sentenciado por apropiación indebida y que además es el defensor de la persona que cedió las facturas a factoring, de las cuales las empresas exigen el pago y que terminaron en demandas.

Al analizar los eventos y las personas involucradas en este caso, crece la duda sobre si existe algún tipo de vínculo más profundo entre el alcalde Yerko Galleguillos, el abogado José Miguel Banda Miranda y el contratista Rubén Berríos. ¿Qué motivó al abogado Banda Miranda a asumir la defensa de Rubén Berríos y de Constructora STC SpA? ¿Quién fue el nexo para que se diera la relación entre ambos? O ¿José Miguel Banda llegó al municipio de La Higuera gracias a Rubén Berríos?

Respuesta de la Municipalidad

Red Comunales se contactó con la Municipalidad de La Higuera para preguntar por las demandas, la deuda acumulada, las acciones de Yerko Galleguillos y el motivo de realizar compras sin autorización del concejo municipal, ni a través de Mercado Público, asimismo sobre las demandas relacionadas con facturas de Rubén Berríos. Sin embargo, tal como publicamos en el reportaje anterior, desde el municipio no respondieron a nuestras preguntas, indicando que “todo está en tribunales”.

dominga
LA HIGUERA

Indicadores económicos

Domingo 28 de Abril del 2024

Dólar $948.61
Euro $1017.6
UF $37252.06
IPC % 0.4
UTM $65182
OPRCoquimbo
NubeCenter
Whatsapp Diarios Comunales

Lo más leído

¿Quieres recibir notificaciones de El Comunal? Nos gustaría enviarte notificaciones de las principales noticias de La Higuera No, gracias Aceptar
Send this to a friend